La versión de su navegador no está debidamente actualizada. Le recomendamos actualizarla a la versión más reciente.

CERTIFICACIÓN DE LOCALES

Según el Real Decreto, estan obligados a realizar la certificación energética;

los locales existentes que se vendan,

los locales que se alquilen a un nuevo arrendatario con una duración mayor a 4 meses

y los locales de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m2.

Para este tipo de trabajos, dada su diversidad, rogamos se pongan en contacto con nosotros y nos expliquen su caso, les asesoraremos y trataremos de resolver sus problemas.